La Ley federal de licencia familiar y médica (llamada «FMLA») y la Ley de licencia familiar de Nueva Jersey se aplican a los empleadores más grandes que tienen 50 o más empleados. Los empleados que cumplen con ciertos requisitos de elegibilidad (centrándose en las horas y el tiempo que el empleado ha trabajado para el empleador) tienen derecho a tomar hasta 12 semanas de ausencia no pagada, en determinadas circunstancias.
Bajo la FMLA, por cada año laboral, los empleados elegibles tienen derecho a 12 semanas de ausencia sin sueldo para 1) el nacimiento o adopción de un niño, 2) la condición de salud grave de un familiar inmediato (incluyendo un niño, cónyuge, y en algunas circunstancias, un padre), o 3) la propia condición de salud grave del empleado.
Conforme a la Ley de Ausencia Familiar de Nueva Jersey, los empleados elegibles tienen derecho a 12 semanas de ausencia sin pago por nacimiento o adopción de un niño, o para cuidar la condición de salud grave de un niño, padre, cónyuge o pareja en un unión civil. Ambas leyes permiten que el tiempo se tome «intermitentemente» o en diferentes períodos de tiempo.
Bajo ambas leyes, los empleados normalmente deben ser reincorporados a su puesto anterior o ha un puesto comparable o equivalente con el mismo pago de beneficios y otros términos y condiciones de empleo.
Los empleadores no pueden interferir ilegalmente con un permiso protegido o tomar represalias contra los empleados que necesitan tomar dicho permiso. Además, los empleadores deben notificar adecuadamente a los empleados sobre su derecho a utilizar dicho permiso, si el empleador toma conocimiento de las circunstancias que requerirían que un empleado tome dicho permiso.
A menos que un empleador pueda demostrar que hubiera despedido al empleado en cualquier caso, un empleador no puede despedir a un empleado mientras se encuentra en un permiso de ausencia sin pago.
Nuestra firma tiene una gran experiencia en el tratamiento de las leyes de permisos y representa a las personas a quienes se les han negado sus derechos según estas leyes, o han tomado represalias en su contra por haberse retirado de la ley que legalmente se les otorga. Si considera que su empleador no le ha compensado con un salario u horas extras, comuníquese con nuestra oficina para recibir atención inmediata llamando al 1-888-GINARTE.