Por John J. Megjugorac
En 1972, el Congreso de los Estados Unidos enmendó la Ley de Compensación a Trabajadores de Longshoremen y Harbor («LHWCA») con la Sección 905 (b) que provee en la parte relevante: «En caso de lesión a una persona cubierta por este capítulo causada por la negligencia de un navío, entonces tal persona … podrá interponer una acción contra dicho navío como tercero … «33 USC § 905 (b). Mientras que el LHWCA establece un esquema complejo de compensación de trabajadores que es el medio exclusivo de responsabilidad de empleadores a los empleados en el curso de su empleo marítimo, el §905 (b) conservó el principio de larga data de que los estibadores podrían presentar una acción de negligencia contra un navío. De hecho, los estibadores suelen emplearse como estibadores y no por los propios navío, por lo que no existe una relación de empleador-empleado.
En Scindia Steam Navigation Co., Ltd., v. De Los Santos et al, 45 U.S. 156 (1981), la Corte Suprema de los Estados Unidos identificó tres situaciones en las cuales los propietarios de embarcaciones tienen el deber a los cargadores que trabajan de forma independiente como estibadores. Estos derechos son (1) el «impuesto sobre el volumen de ventas», (2) el derecho de «control activo» y (3) el «deber de intervenir». Howlett v. Birkdale Shipping Co., 512 U.S. 92, 98 (1994). El deber de renovación se refiere al estado del navío cuando comienzan las operaciones de estiba. El propietario del navío tiene una obligación con respecto al equipo, las herramientas y el espacio de trabajo del navío que se usará en las operaciones de estiba.» Scindia, 451 EE. UU. A 166-167. El deber de control activo requiere que después de que comiencen las operaciones de estiba, los armadores deben tener cuidado razonable para evitar lesiones a los estibadores en partes del navío que permanecen en «control activo del navío.» Howlett, 512 US at 98. Por último, la intervención el deber exige que el propietario de un navío intervenga y corrija nuevas condiciones que surjan durante las operaciones de carga. Id.
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