Por Matthew V. Villani, Esq.
“Instrumentos complejos”, tales como ascensores, son con mucha frecuencia la causa de lesiones personales. Según la oficina de Estados Unidos de Estadísticas Laborales y la Comisión de Seguridad de Productos al Consumidor, en promedio, 27 personas mueren en accidentes de ascensor cada año. El mismo estudio reveló que, en promedio, alrededor de 10.200 personas resultan heridas por ascensores cada año. La mayoría de estos accidentes y lesiones es causada por “mal funcionamiento de la puerta, desalineación del coche con el piso, y vulnerabilidades de seguridad de pasajeros.” [i]
Dueños de propiedades comerciales tienen la obligación de inspeccionar y mantener sus ascensores y asegurarse de que están en condiciones seguras de funcionamiento. [ii] Este deber es “indelegable”. Por lo tanto, el dueño de una propiedad comercial no puede liberarse de su responsabilidad simplemente con el argumento de que contrató a un agente o compañía de servicio para mantener el ascensor. [iii] La División de Nueva Jersey de Apelación ha declarado que el deber del dueño de una propiedad comercial para aquellos que utilizan sus ascensores incluye:
inspección sistemática, prueba y reparación de los relés, componentes de estado sólido y dispositivos relacionados, cableado en la sala de máquinas, y todos los circuitos y hora ajustes necesarios para garantizar que el sistema de ascensor funcionaba de manera segura. [iv]
Aquí en Ginarte Gonzalez Winograd L.L.P., proporcionamos una representación de alto calibre a las víctimas de lesiones personales y sus familias en Nueva York / Nueva Jersey. Póngase en contacto con nuestra oficina al 1 (888) GINARTE para una consulta gratuito y asegurarse de que sus derechos no se pierden. También puede utilizar nuestro formulario de contacto en línea .
[i] http://www.consumerwatch.com/workplacepublic/elevators
[ii] Knight v. Essex Plaza, 377 N.J. Super. 526, 573 (App. Div.), certify. Granted and summarily remanded 185 N.J. 291 (2005).
[iii] Rosenberg v. Otis Elevator Co., 366 N.J. Super. 292, 303 (App. Div. 2004).
[iv] Rosenberg v. Otis Elevator Co., 366 N.J. Super. 292, 303 (App. Div. 2004).