By Robert J. Osborne, Esq.
La ley define la discapacidad como la incapacidad para hacer cualquier trabajo sustancial y lucrativo por causa de cualquier impedimento físico o mental médicamente determinable que puede esperarse que resulte en muerte o que ha durado o se espera que dure por un período continuo de no menos de 12 meses. Si usted puede participar en una actividad lucrativa y sustancial, la Administración del Seguro Social se dará cuenta de que usted no está incapacitado. El trabajo que usted ha hecho, legal o ilegal, durante cualquier período en el que usted cree que está discapacitado puede mostrar que usted es capaz de trabajar a nivel sustancial y lucrativo. Incluso si el trabajo que ha hecho no era trabajo sustancial y lucrativo, se puede mostrar que usted es capaz de hacer más trabajo de lo que realmente hizo. Si usted solicita los beneficios del Seguro Social por Incapacidad o Seguridad de Ingreso Suplementario, la Administración del Seguro Social tendrá en cuenta toda la evidencia médica y profesional en su archivo para decidir si tiene o no la capacidad de realizar una actividad lucrativa y sustancial.
Actividad lucrativa y sustancial es la actividad laboral que es a la vez sustancial y lucrativa. Actividad de trabajo sustancial implica hacer actividades físicas o mentales importantes. Actividades significativas son útiles en la realización de un trabajo, y tienen valor económico. Trabajo sustancial puede ser a tiempo parcial o a tiempo completo. Su trabajo puede ser considerable incluso si se le paga menos, o tiene menos responsabilidad que cuando usted trabajó anteriormente. Actividad laboral remunerada implica actividad de trabajo que usted hace por una remuneración o beneficio – el tipo de trabajo que una persona por lo general hace por una remuneración o beneficio, incluso si no se les paga u obtiene beneficio alguno. Si sus deberes requieren el uso de su experiencia, las habilidades, la supervisión y las responsabilidades, contribuyen sustancialmente a la operación de un negocio, lo cual tiende a demostrar que tiene la capacidad de trabajar a nivel sustancial y lucrativo. Servicios personales significativos de supervisión, de gestión, de asesoramiento o de otro tipo que se realizan como un trabajador autónomo pueden mostrar que usted es capaz de hacer trabajo sustancial y lucrativo.
La Administración del Seguro Social usará sus ingresos para determinar si usted ha hecho trabajo sustancial y lucrativo, a menos que usted, su empleador, u otros proporcionen información que demuestre que la Administración del Seguro Social no debería contar todas sus ganancias. La cantidad de sus ganancias por trabajo puede demostrar que ha desarrollado una actividad lucrativa sustancial. En general, si usted trabajó por ganancias sustanciales, la Administración del Seguro Social encontrará que usted puede participar en toda actividad lucrativa sustancial. Sin embargo, el hecho de que sus ingresos no sean sustanciales no necesariamente demuestra que no se puede hacer trabajo sustancial y lucrativo.
Además, la Administración del Seguro Social verá en lo bien que hace su trabajo cuando se determine si está o no está haciendo trabajo sustancial y lucrativo. Trabajando a un nivel satisfactorio puede mostrar que usted trabaja a nivel sustancial y lucrativo. Sin embargo, si sus deficiencias le impiden realizar tareas ordinarias o simples satisfactoriamente, sin más supervisión o ayuda de otras personas que realizan un trabajo similar, es posible que no funcione en el nivel de trabajo sustancial y lucrativo. Además, el trabajo que implica deberes mínimos, y que son de poco o ningún uso de su empleador o de una empresa, puede mostrar que usted no puede trabajar a nivel sustancial y lucrativo.
Si el trabajo se realiza en condiciones especiales, la Administración del Seguro Social puede encontrar que su trabajo no demuestra que tiene la capacidad de hacer trabajo sustancial y lucrativo. El trabajo realizado en condiciones especiales podrá tener en cuenta su deterioro, tales como el trabajo realizado en un taller protegido o como paciente en un hospital. Además, la Administración del Seguro Social puede encontrar que su trabajo no demuestra que usted es capaz de hacer trabajo sustancial y lucrativo si la eliminación de las condiciones especiales que estaban relacionadas con su impedimento, y son esenciales para su trabajo hacen parar o reducir su trabajo. Sin embargo, el trabajo realizado en condiciones especiales puede mostrar que usted tiene las habilidades y la capacidad de trabajar a nivel sustancial y lucrativo necesarias. Estos son algunos ejemplos de las condiciones especiales que puedan estar relacionadas con su deterioro:
(1) Se requiere recibir asistencia especial de otros empleados en el desempeño de su trabajo;
(2) Se le permite trabajar horas irregulares o tomar descansos frecuentes;
(3) Se le proporciona con equipo especial o se le asigna el trabajo especialmente adecuado a su deterioro;
(4) Usted es capaz de trabajar sólo por circunstancias organizadas especialmente para ello, por ejemplo, otras personas le ayudan a prepararse para ir y volver de su trabajo;
(5) Se le permite trabajar en un menor nivel de productividad o eficiencia que otros empleados; o
(6) Se le da la oportunidad de trabajar a pesar de su deterioro debido a la relación familiar, pasada asociación con su empleador, o la preocupación de su empleador por su bienestar.
Mientras que el tiempo que pasa en el trabajo es importante, la Administración del Seguro Social no decide si usted está haciendo trabajo sustancial y lucrativo sólo sobre esa base. La Administración del Seguro Social todavía evaluará su trabajo para decidir si es sustancial y lucrativo sin importar si usted pasa más tiempo o menos tiempo en el trabajo de los trabajadores que no son discapacitados y que están haciendo un trabajo similar.